SCJN se pronuncia a favor de las minorias indigenas desplazadas

El CSW recibe con beneplacito la resolucion de la Suprema de Justicia de Mexico que otorga la reintegracion y proteccion a un grupo de Testigos de Jehova que fueron expulsados de sus hogares
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SCJN se pronuncia a favor de las minorias indigenas desplazadas

El CSW recibe con beneplácito la resolución de la Suprema de Justicia de México (SCJN) que otorga la reintegración y protección a un grupo de Testigos de Jehová que fueron expulsados de sus hogares en el estado de Jalisco debido a sus creencias religiosas.

Los Testigos de Jehová, que pertenecen al grupo indígena Wixáritari (también conocido como Huichol), fueron expulsados de sus hogares en Tuxpan de Bolaños, Jalisco, el 4 de diciembre de 2017, por haberse negado a participar en ciertas actividades comunitarias debido a sus creencias religiosas. Varios cristianos protestantes también fueron expulsados de la comunidad.

El grupo de Testigos de Jehová apeló a la SCJN en respuesta a su expulsión, y una Resolución fue dictada a su favor por la Sala Segunda de la SCJN, quien también consideró una segunda apelación en el caso de una familia que fue expulsada de su comunidad en Oaxaca por negarse a cumplir con las costumbres de su grupo étnico. Estas resoluciones son las primeras en proporcionar protección a los grupos indígenas cuyos derechos han sido violados por las autoridades de las Comunidades originarias a las que perteneces a través de un abuso de la Ley de Usos y Costumbres en México.

En ambos casos, la SJCN decidió que las partes afectadas debían reintegrarse en el territorio de sus comunidades y ordenó a las autoridades estatales que garantizaran la seguridad en este proceso. Sin embargo, el Tribunal también dictaminó que los Testigos de Jehová deben ser reubicados en otra unicación dentro de su territorio, afirmando que “es legítimo que sus derechos y obligaciones como miembros de esta [comunidad] se les quiten, ya que ya no comparten un elemento esencial, su religión”.

El Tribunal dijo: que “aunque las comunidades tienen derecho a expulsarlas para proteger su cultura, religión y subsistencia como diferenciadas, esto no puede ir al extremo de retirarlos del territorio de la comunidad, ya que eso violaría su derecho a las condiciones mínimas de vida, dejándolas sin vivienda digna, enseres y medios de subsistencia”.

El Director Ejecutivo de CSW, Mervyn Thomas, dijo: “CSW recibe con beneplácito este fallo que sienta un importante precedente para la libertad de religión o creencias y los derechos humanos en México. Sin embargo, persiste la preocupación al respecto de que el Tribunal considere “legítimo” que estos Testigos de Jehová sean despojados de sus derechos como miembros de sus comunidades. Esto puede alentar a quienes cometen crímenes, y en sus esfuerzos por hostigar e intimidar a las minorías religiosas y que rara vez se les hace rendir cuentas. Instamos a los gobiernos estatales de Jalisco y Oaxaca a garantizar el regreso seguro y la reintegración de estas familias. También hacemos un llamamiento al Gobierno federal y Estatales en México para que respeten el derecho a la libertad de religión o de creencias y que garanticen resoluciones justas para todas las demás comunidades minoritarias religiosas que residen en alojamientos temporales como resultado de ser expulsados de sus comunidades debido a sus creencias religiosas”.

Muchas autoridades tradicionales mexicanas exigen uniformidad comunitaria en términos de práctica religiosa y creencias, obligando a todos los miembros de la comunidad a participar en las actividades religiosas de la mayoría o enfrentar el castigo. El 28 de julio de 2019, cuatro cristianos protestantes fueron desplazados por la fuerza de su casa en la comunidad de Cuamontax en el estado de Hidalgo por negarse al trabajo comunitario y las contribuciones financieras asociadas con la tradicional fiesta religiosa de Xantolo, una tradición vinculada a las celebraciones del Día de Muertos deMéxico. Los cristianos protestantes no han podido regresar a la comunidad y actualmente viven en alojamientos temporales, sin acceso al trabajo.

Notas para los editores:

1. La Ley de Usos y Costumbres de México otorga una autonomía significativa a las comunidades indígenas para implementar y mantener sus propias normas sociales y culturales. Si bien la Ley de Usos y Costumbres está destinada a ser ejercida de acuerdo con los Derechos Humanos y las garantías individuales garantizados en la Constitución, en realidad el Gobierno tanto a nivel Estatal como Federal hace poco para hacer cumplir esto.

2. La apelación en el caso de los Testigos de Jehová es el número de caso Amparo en Revisión 1041/2019, y la otra apelación es el número de caso Amparo en Revisión 777/2019, Resuelto por la Segunda Sala de la Suprema Corte Justicia de la Nación.

Published Online
14th July 2020
Author
Region/Country
Latin America, Mexico

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